Mejora Regulatoria

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ATRIBUCIONES DEL CONSEJO

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO

  • Aprobar los planes, programas y acciones internas que la Dirección considere pertinentes para cumplir con el objeto del presente Reglamento; 

  • Emitir opiniones y proponer estrategias, criterios y acciones en general para la conducción y orientación de las políticas públicas en materia de Mejora Regulatoria, así como de la operación y funcionamiento de las herramientas señaladas en el presente Reglamento;

  • Acordar la creación y conformación de las comisiones que se determinen como necesarias; 

  • Proponer reformas, adiciones y/o derogaciones a las Regulaciones; 

  • Aprobar y evaluar el Programa Municipal; 

  • Proponer alternativas de financiamiento para impulsar el proceso de Mejora Regulatoria; 

  • Establecer los canales de comunicación más adecuados con la ciudadanía a efecto de incorporar en los Programas de Mejora Regulatoria, las opiniones de ésta que versen sobre los diversos trámites y servicios del Municipio; 

  • Realizar encuestas o estudios de evaluación de la percepción de la ciudadanía con relación a los trámites y procedimientos administrativos de los Sujetos Obligados; 

  • Proponer estrategias de difusión sobre las acciones que se realicen en materia de Mejora Regulatoria; 

  • Rendir por escrito al H. Ayuntamiento un informe anual de actividades, por conducto de la persona que funja como titular de la presidencia del Consejo; y 

  • Las demás que se establezcan en la Ley General, la Ley, las que se deriven del presente Reglamento y de otras disposiciones legales aplicables.

  • (Artículo 9° Reglamento de Mejora Regulatoria para el municipio de León, Gto.)


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