Mejora Regulatoria

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ATRIBUCIONES DEL CONSEJO

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO

Son atribuciones del Consejo, las siguientes:

I. Aprobar los planes, programas y acciones para cumplir con los fines del

presente reglamento;

II. Establecer las políticas públicas, criterios y programas para el cumplimiento

de su objeto;

III. Emitir opiniones, recomendaciones y formular propuestas sobre la operación

y funcionamiento de las políticas públicas de mejora regulatoria y de las

herramientas de la misma;

IV. Conocer los programas y acciones de mejora regulatoria de las

dependencias y entidades, analizar y proponer programas y acciones en la

materia;

V. Acordar la creación y conformación de los grupos de trabajo que se

determinen como necesarios para su eficaz funcionamiento;

VI. Aprobar su plan anual de trabajo;

VII. Proponer al H. Ayuntamiento a través de la Comisión que conozca de los

temas de mejora regulatoria, la aprobación del Programa Municipal de Mejora

Regulatoria;

VIII. Proponer alternativas de financiamiento para impulsar el proceso de mejora

regulatoria;

IX. Ser un canal de comunicación entre la administración pública y la ciudadanía

a efecto de hacer conocer las opiniones que pudieran incorporarse en los

programas de mejora regulatoria;

X. Proponer la aplicación y analizar los resultados de encuestas y evaluaciones

para captar la percepción ciudadana de trámites y procedimientos

administrativos que realizan los sujetos obligados; 

XI. Sugerir estrategias de difusión sobre las acciones que se realicen en materia

de mejora regulatoria;

XII. Revisar y opinar sobre los distintos ordenamientos municipales, para

diagnosticar su aplicación, además de proponer a la Dirección la reforma,

derogación o abrogación de regulaciones;

XIII. Proponer estrategias y acciones generales para la eliminación de trámites,

requisitos y plazos excesivos que se traduzcan en beneficios de la actividad

empresarial sin la contravención de los ordenamientos legales vigentes;

XIV. Promover la evaluación del costo de trámites y servicios que realizan las

dependencias y entidades;

XV. Proponer el uso de acciones para la aplicación de los principios establecidos

en el presente reglamento, así como los objetivos y metodologías,

instrumentos, programas, criterios y herramientas acordes a las buenas

prácticas nacionales e internacionales en materia de mejora regulatoria;

XVI. Acordar y ratificar los asuntos que se sometan a su consideración por parte

de personas integrantes e invitadas; 

XVII. Recomendar la participación de personas especialistas e invitadas

especiales, dentro de las sesiones del Consejo;

XVIII. Elaborar propuestas de acciones para la corrección o mejora respecto de

problemáticas, obstáculos y fallos regulatorios, que impidan el cumplimiento

del objeto y fines del presente reglamento;

XIX. Emitir las bases para los premios de mejora regulatoria;

XX. Rendir al Ayuntamiento, a través de la Comisión respectiva, su informe anual

de actividades;

XXI. Proponer estrategias para su inclusión en el Programa Municipal de Mejora

Regulatoria, y

XX. Las demás que se deriven del reglamento y de las disposiciones

jurídicas en la materia.


Reglamento de Mejora Regulatoria, Competitividad y Simplificación Administrativa, para el Municipio de León, Gto., Artículo 24


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